Omar Nioi – Scripta Manent: un juicio político contra 20 años de historia del anarquismo revolucionario

Traducido por InformativoAnarquista

Intervención del compañero anarquista de Cerdeña Omar Nioi (condenado en el juicio de la «Operación Scripta Manent») en actividad realizada en Atenas (A.S.O.E.E.) el 19 de diciembre de 2022 en solidaridad con el anarco-nihilista en huelga de hambre Alfredo Cospito.

Organización: Hangout Anarquista Nadir (Salónica),

Proyecto de traducción blessed-is-the flame.espivblogs.net, Compañerxs.

La traducción del italiano ha sido realizada por el Grupo de Contrainformación Radiofragmata (radiofragmata.nostate.net)

Scripta Manent: un juicio político contra 20 años de historia del anarquismo revolucionario

En primer lugar, un saludo a todxs lxs compañerxs presentes en esta iniciativa, y un saludo y agradecimiento especial a lxs compañerxs organizadorxs. A día de hoy, el tejido de relaciones internacionales, intercambios y comparaciones, sigue siendo, como en el pasado, una parte necesaria y siempre viva del anarquismo revolucionario para dar fuerza a nuestras intenciones.

Los hechos:

Amanece el 6 de septiembre de 2016, 32 compañerxs en todo el Estado italiano están siendo despertadxs por la policía política (DIGOS).

El resultado del primer tramo de la operación policial denominada «Scripta Manent«, ordenada por la Fiscalía de Turín a través de su inquisidor Roberto Maria Sparagna, es de 15 sospechosxs y 7 detenciones. Sin embargo, un octavo anarquista, director del proyecto editorial CroceNera Anarchica (actualmente cerrado), es detenido tras el resultado de un registro domiciliario contra él, en el que se encontraron pilas y un manual de electricista.

Además de los compañeros Alfredo Cospito y Nicola Gai, ya en prisión desde 2012, juzgados y condenados por herir a Roberto Adinolfi, (CEO de Ansaldo Nucleare) acción reivindicada bajo el nombre «Nucleo Olga FAI/FRI», también fueron detenidxs lxs compañeros Alessandro, Marco, Danilo, Valentina y Anna.

Contra lxs compañeros, se impugnan los artículos 270 bis (asociación con fines terroristas), 280 bis (actos terroristas con artefactos mortíferos o explosivos) y 285 (masacre), que se remontan a 2003 y se refieren a una serie de atentados firmados por la «Federación Anarquista Informal» a través de las células «Narodnaja Volja«, «Cooperación de Artesanxs de Fuego y Afinidad (ocasionalmente espectacular)«, «FAI/RAT (Revuelta Anónima y Tremenda)» y la célula «Núcleo Olga«.

Así, la enésima investigación sobre la Federación Anarquista Informal, el enésimo intento de ir a pescar en las aguas turbias para asegurarse un sueldo que, entre el periodo de investigación y el juicio, engorde al mayor número posible de servidores del Estado.

En los primeros meses de esta operación, lxs campañerxss detenidxs se enfrentaron a la prohibición de reunirse entre sí, la censura de la correspondencia, el aislamiento total y varios traslados.

En abril de 2017, con la comunicación de cierre de investigación -para lxs detenidxs e investigadxs en libertad en septiembre de 2016- se añadió, además de los delitos imputados anteriormente, para 12 de lxs 17 acusadxs iniciales, el artículo 414 del Código Penal (incitación a cometer un delito) con fines terroristas como creadores y/o difusores del proyecto, periódico y blog CroceNeraAnarchica, haciendo referencia explícita a algunas editoriales y artículos del nº 0 al nº 3. En cuanto al delito de incitación a cometer un delito, también se indica la circunstancia agravante de «haber cometido el hecho por medio de herramientas informáticas y telemáticas».

El 2 de junio de 2017 llegó el segundo tramo de la investigación Scripta Manent. Otrxs siete anarquistas, en libertad, fueron investigados por 270 bis y 414 del código penal por ser redactorxs (y no) del proyecto CroceNeraAnarchica y de los blogs RadioAzione y Anarhjia.info, los cargos son para todxs 270 bis (asociación subversiva con fines terroristas) en connivencia con compañerxs anarquistas investigadxs en la primera sección de Scripta Manent siempre en referencia a la FAI, más 414 del Código Penal (incitación a cometer delitos, siempre con finalidad terrorista), traducción de comunicados, preparación, instigación, apología, concepción y difusión siempre a través de webs y periódicos de material de propaganda ideológica anarquista «insurreccionalista-lottarmatista» (*), recaudación de dinero para apoyar a compañerxs encarceladxs.

Además de acusar a 2 de los 7 citados por 280 c.p., por el hallazgo de un papel, durante los registros de septiembre de 2016, junto con otro material publicado en CroceNeraAnarchica, de una copia de la reivindicación del atentado al juzgado de Civitavecchia en enero de 2016, firmada por el «Comité Pirotécnico para un Año Extraordinario – FAI/FRI«.

Pocos días después, en la vista preliminar del 5 de junio de 2017 precisamente, se unificaron las dos secciones de la investigación, remitiendo a todxs a juicio, sin cambiar nada sobre las distintas acusaciones. Prácticamente, tras un año de control, censura (mediante el bloqueo sistemático y la incautación de la correspondencia de lxs compañerxs detenidxs, que pasó directamente a los archivos de la Fiscalía, sumada a los actos de la vista preliminar) y seguimiento de la solidaridad, la Fiscalía y la policía consiguieron arrastrar a la investigación incluso a quienes seguían manteniendo contacto con lxs presxs y continuaban con la actividad editorial.

(*) N.T.- lottarmatista: un significado aproximado sería quien recurre a la lucha armada como práctica política.

 

El juicio en primera instancia: Durante el mes de julio de 2017 se celebró la vista preliminar. El juicio para todxs comenzó el 16 de noviembre de 2017 en la sala-búnker de la prisión de Turín.

Tras más de un año de interminables audiencias, en las que la fiscalía incluso se remontó a antiguas investigaciones antianarquistas entre los años 90 y principios de los 2000, recorriendo los últimos treinta años de anarquismo revolucionario en Italia, la historia de los atentados de la FAI, la sucesión de testigos de cargo, expertos técnicos de la acusación y de la defensa.

En marzo de 2019 llegaron las peticiones de condena del Fiscal, y en abril del mismo año las condenas en primera instancia.

Alfredo fue condenado a 20 años, declarado culpable de posesión y transporte de explosivos en relación con la bomba del Parco Ducale en el SIF de Parma en 2005  (absuelto del delito de atentado por tratarse de un «delito imposible», ya que el interruptor de la bomba estaba apagado), el paquete bomba postal enviado al entonces alcalde de Bolonia Cofferati en 2005 (condenado por el atentado más posesión y transporte de explosivos), los atentados con múltiples artefactos explosivos en la escuela de cadetes de los Carabinieri de Fossano en 2006 y en el barrio de la Crocetta de Turín en 2007 (delito de masacre agravado por el hecho de que el objetivo eran supuestamente las fuerzas policiales; la circunstancia agravante de motivación política), de enviar paquetes bomba al entonces alcalde de Turín, Chiamparino, al director del periódico Torino Cronaca, Giuseppe Fossati, y a COEMA Edilità en 2006. También figura como promotor de la FAI, reconocida como asociación subversiva con fines terroristas. Se suprimió la circunstancia agravante de transnacionalidad.

Anna fue condenada a 17 años por las bombas de Crocetta y Fossano y por los paquetes bomba de 2006, así como por asociación subversiva con fines terroristas como promotora de la FAI. Nicola fue condenado a nueve años por asociación subversiva con fines terroristas. Marco y Sandro fueron condenados a 5 años por participación en asociación subversiva con fines terroristas. Todos lxs demás acusadxs fueron absueltxs. Todxs lxs condenadxs permanecen en prisión, mientras que Danilo fue excarcelado y Valentina fue liberada de su arresto domiciliario.

 

Juicio de apelación:

Se ha fijado la fecha del 1 de julio de 2020 para la primera vista de apelación del juicio Scripta Manent en la sala-búnker de la prisión de Turín.

Lxs encarceladxs estarán en videoconferencia, como en todas las últimas audiencias del primer grado. De hecho, durante el periodo de las audiencias preliminares aún no existía ninguna ley que impusiera la videoconferencia. Entonces, al principio de la primera instancia, se aprobó una ley que, sin embargo, daba a las prisiones y a los tribunales un año para adaptarse, imponiendo durante ese año de adaptación la videoconferencia sólo a los acusados de estar en la cúspide de las «asociaciones». Una vez transcurrido el plazo de un año, se aplicó la videoconferencia a todos.

La mayor parte de la audiencia estuvo ocupada por la discusión de varias excepciones presentadas por los abogados defensores en relación con el recurso también para lxs compañerxs absueltxs en primera instancia presentado por el Fiscal Sparagna. En particular, parecía claro que el Fiscal había incumplido el plazo para presentar su recurso, pero un nuevo cálculo de los jueces dictaminó a última hora de la tarde que el recurso era válido… por lo que el juicio continuó incluso para lxs acusadxs absueltxs en primera instancia.

Durante las audiencias posteriores, solicitaron la condena para todxs, negando el reconocimiento del ‘ne bis in idem’(**)); también solicitaron el no reconocimiento de la atenuante general para todxs y, en concreto, la no continuación del delito respecto a la herida de Adinolfi. También se solicita el reconocimiento del delito de masacre por el ataque al cuartel del RIS de Parma.

La sentencia de apelación se dictó el 24 de noviembre de 2020.

– Anna: 16 años y 6 meses (en primera instancia: 17 años).

– Alfredo: 20 años (como en primera instancia).

– Nicola: 1 año y 1 mes (primera instancia: 9 años), como continuación de la sentencia de casación de 8 años, 8 meses y 20 días del juicio por la acción contra Adinolfi.

– Alessandro: absuelto de todos los cargos (en primera instancia: 5 años).

– Marco: absuelto del cargo de «asociación subversiva con fines de terrorismo y subversión del orden democrático» (primera instancia: 5 años), pero condenado a 1 año y 9 meses por «incitación a cometer delitos» en relación con la «CroceNerAnarchica«.

La condena por «asociación subversiva con fines terroristas y de subversión del orden democrático» sólo se confirmó para Anna, Alfredo y Nicola.

Los compañeros Nicola, Alessandro y Marco salen de prisión.

A diferencia del juicio en primera instancia, también se dictaron otras nueve condenas contra nueve compañerxs por «incitación a cometer delitos«. Condenas relacionadas, entre otras cosas, con la publicación de «CroceNeraAnarchica», revista aperiódica y sitio web, y con la gestión de algunos sitios web imputados en el proceso. Estas condenas oscilaron entre 2 años y 6 meses para Gioachino Somma y 1 año y 9 meses para Erika, Omar, Alessandro y Lello.

Además de Alessandro, otrxs nueve compañerxs anarquistas fueron absueltos de todos los cargos, entre ellxs Danilo, en prisión desde el 6 de septiembre de 2016 y liberado por absolución en primera instancia el 24 de abril de 2019, y Valentina, en prisión y posteriormente en arresto domiciliario durante el mismo periodo, también liberada por absolución en primera instancia. Lxs demás compañerxs eran acusadxs en libertad.

(**) N.T.- En términos generales, el principio ne bis in idem está constituido por la prohibición de que una misma persona sea juzgada y/o sancionada dos veces por un mismo hecho.

 

La Casación:

El pasado mes de julio, el Tribunal Supremo de Casación recalificó como «masacre política» (art. 285 del Código Penal) el atentado con explosivos perpetrado contra la escuela de cadetes de los Carabinieri en Fossano (Cúneo) el 2 de junio de 2006, reivindicado por la «Revuelta Anónima y Tremenda / Federación Anarquista Informal», devolviendo el caso al Tribunal de Apelación de Turín para un nuevo cálculo peyorativo de la pena con riesgo de cadena perpetua para lxs compañerxs Alfredo Cospito y Anna Beniamino. La cadena perpetua es la pena básica prevista en el código penal italiano para la matanza política. Tras recalificar el delito, el Tribunal de Casación devolvió el caso al Tribunal de Apelación para que volviera a determinar las penas. La vista que decidirá el alcance de estas condenas se ha fijado para el 5 de diciembre de 2022 en Turín.

El 5 de diciembre recién pasado se celebró la vista de apelación bis del juicio Scripta Manent contra Alfredo Cospito y Anna Beniamino. El fiscal pidió 27 años y un mes para Anna y cadena perpetua con 12 meses de aislamiento diurno para Alfredo, yendo incluso más lejos que las peticiones anteriores del fiscal Sparagna, que eran de 30 años para Alfredo.

El Tribunal de Apelación de Turín no dictó la sentencia y recurrió al Tribunal Constitucional: los jueces turineses se preguntaron si era legítimo que se obligara a no reconocer las circunstancias atenuantes a Alfredo Cospito por sus antecedentes penales. Esto les obligaría, de hecho, a condenar a Alfredo a cadena perpetua, aunque por una acción que no causó ni muertos ni heridos.

El próximo 19 de diciembre se celebrará una nueva audiencia en Turín, una audiencia formal destinada a elaborar la cuestión que se someterá a consulta.

Alfredo y Anna intervinieron con declaraciones espontáneas que ya habrás leído porque han sido traducidas y difundidas internacionalmente. Alfredo reiteró que continuará la huelga de hambre iniciada el 20 de octubre de 2022 hasta su último aliento contra el 41 bis y la cadena perpetua hostil, Anna subrayó que cualquier persona con un mínimo de pensamiento crítico podrá identificar a los instigadores y ejecutores de la aniquilación de Alfredo. Los simpatizantes presentes en la sala saludaron a lxs compañerxs acusadxs con consignas y gritos.

Terminado con este resumen -limitado y falto de análisis- de lo que fue el juicio de Sripta Manent, intentaré profundizar en los méritos de la disposición del régimen del 41 bis a nuestro compañero Alfredo, su huelga de hambre y la movilización internacional que este precedente generó. Retomaré una reciente contribución mía al debate, con las modificaciones necesarias para la ocasión. Aunque más explicaciones sobre esto darán lxs compañerxs del periódico anarquista Vetriolo en relación a lo que fue para ellxs y en particular para Alfredo la «Operación Sibilla».

 

La importancia de la Solidaridad Revolucionaria. Con el anarquista Alfredo Cospito, su trayectoria y posiciones.

«Queremos un presente que merezca ser vivido y no simplemente sacrificado a las expectativas mesiánicas de un futuro paraíso terrenal. Por eso queríamos hablar concretamente de una anarquía que debe realizarse ahora, no mañana. El «todo y ahora» es una apuesta, un juego al que jugamos donde lo que está en juego es nuestra vida, la vida de todos, nuestra muerte, la muerte de todos…»

Pierleone Mario Porcu

Aquella mañana del 7 de mayo de 2012 en Génova, llenando alegremente el cargador de un viejo Tokarev, que más tarde, cerrado en un puño disparó en las piernas al consejero delegado de Ansaldo Nucleare Roberto Adinolfi, no sólo estaban dos anarquistas de acción, Nicola Gai y Alfredo Cospito, sino que estaba la parte más viva y concreta del anarquismo revolucionario que se convierte en acción. Que como «Nucleo Olga» a través del medio de la Federación Anarquista Informal, ese día cortó los puentes con el presente de la época, con el inmovilismo de cierto anarquismo y el retroceso del mismo hacia tonos cada vez más bajistas. Mostrándonos, tras Fukushima y el regreso del fantasma de la energía nuclear en Europa, cómo detrás de las tragedias que atormentan al planeta, a la naturaleza, a la humanidad, las mismas tragedias que desencadenan fuertes emociones en nuestros corazones, no hay abstracciones, no hay conceptos: pero hay hombres que continúan sin descanso en su loca y autodestructiva carrera, hay estructuras que hacen posible el avance de la muerte, hay esclavos que las protegen con las armas. Y que estos hombres, estas estructuras, tienen nombres y direcciones.

A raíz de esa acción, Nicola y Alfredo fueron detenidos, juzgados y reclamados por sus actos ante un tribunal. Era necesario destacar cómo la acción directa destructiva y la hipótesis armada seguían siendo hechos tan reales como su reivindicación por parte de los anarquistas.

Tras diez años en prisión, este 5 de mayo de 2022, Alfredo recibió la notificación de su traslado de ‘Alta Seguridad 2′ a ’41 bis’.

El 6 de julio de 2022, el Tribunal de Casación recalificó el atentado con explosivos contra la escuela de cadetes de los Carabinieri en Fossano en junio de 2006, reivindicado por la célula Revuelta Anónima y Tremenda / Federación Anarquista Informal, de la que estaban acusadxs lxs compañeroxs Anna Beniamino y Alfredo Cospito, en «Strage Politica» (Matanza Política), en referencia a un agravamiento del cálculo de la pena que podría prever también la cadena perpetua hostil.

Hoy una vez más Alfredo se encuentra dando tanto al anarquismo y a todos nosotros, poniendo su irreductible dignidad y sus posiciones incluso por delante de su propio estado físico con una huelga de hambre emprendida desde el 20 de octubre de 2022 contra el régimen del 41 bis y la hostil cadena perpetua, que seguirá hasta el amargo final, utilizando su cuerpo como barricada para que no pase la utilización del régimen del 41 bis contra los anarquistas. Huelga de hambre a la que se sumaron con el tiempo los anarquistas Juan Sorroche, Ivan Alocco y Anna Beniamino (que ya han cesado. N.T. Ivan Alocco reinició huelga de hambre).

La situación actual da lugar a diversas reflexiones, fuertes emociones y muchas iniciativas de diversa índole que han tenido lugar en los últimos dos meses, iniciativas en estos contextos siempre muy importantes, siempre válidas y de fundamental importancia para que esta batalla tenga el mayor eco posible, pero la lucha de Alfredo en estos momentos se convierte también en una herramienta de crítica al régimen 41 bis y a la sociedad carcelaria de una manera más general. Lo que debe prevalecer en este momento en mi opinión, como componente anarquista revolucionario (internacional), son la compostura, la lucidez y la firmeza que exige la situación. Entender qué hacer y cómo hacerlo, qué argumentos esgrimir, pero sobre todo qué requiere un momento concreto como una huelga de hambre total, para seguir haciendo lo que hemos estado haciendo hasta ayer y darnos la oportunidad de volver a hacerlo mañana.

Una consideración en sintonía con lo escrito anteriormente es, sin duda, la necesidad de salir de las mallas de una lucha anticarcelaria limitadora y específica, saliendo del callejón sin salida de una movilización generalista y sensibilista que sólo mira al régimen del 41 bis, sabiendo leer la fase y captar, esta vez, el verdadero objeto de disputa a partir de la construcción de una solidaridad internacional y específica, y de una movilización ad personam que impida el asesinato de nuestro compañero Alfredo Cospito en una tumba de hierro y hormigón, en solitario.

Una solidaridad revolucionaria que empieza ante todo por reivindicar abiertamente no sólo las prácticas genéricas, que al fin y al cabo sólo adquieren el carácter de quienes las ejercen, sino la historia, las ideas, las posiciones, las acciones concretas impugnadas a nuestro compañero y los discursos que las acompañaron. Y esto debemos gritarlo, debe ser una práctica válida también para otros juicios de acciones destructivas directas, porque es uno de los pasos fundamentales para romper el aislamiento en torno a los detenidos, demostrando al poder que esas acciones son de todos los anarquistas.

Porque si estamos del lado de Alfredo, no es sólo porque su situación actual nos atormenta el corazón, sino sobre todo porque es un compañero que ha dedicado su vida a la idea anarquista, que también es la nuestra. Y es evidente que, si no somos capaces de defender nuestro anarquismo revolucionario-nihilista y sus razones, nadie más podrá hacerlo jamás.

Cualquier discurso, más o menos agradable, corre el riesgo de quedarse -en este momento concreto, por supuesto- únicamente en el plano de la solidaridad humana, diluida en una lucha contundente y más general contra la cárcel. En el pasado, hemos abordado varias veces la cuestión del 41 bis, poniéndole cara incluso cuando no teníamos ningún compañero anarquista en ese régimen, aunque con destellos de continuidad, y seguiremos abordándola incluso en el futuro más inmediato, si tenemos la capacidad de elaborar un razonamiento más amplio, en perspectiva, sobre cómo se puede aplicar el instrumento de este régimen de detención a franjas cada vez más amplias del conflicto social.

Pero lo que importa hoy, en esta carrera contrarreloj, es sacar a Alfredo de ese régimen, obtener una desclasificación inmediata, sin más condiciones.

Alfredo en todos estos años nunca ha sido una víctima, y si hoy se encuentra sometido a este régimen se debe exclusivamente a la voluntad por parte de los poderes de aplastarle en su persona eliminando sus relaciones con lo que Alfredo definió en un principio como su comunidad. Además, no podemos descartar la posibilidad de que el Estado esté intentando tantear el terreno del «movimiento anarquista», probablemente para poder disponer en el futuro de este instrumento de aniquilación por lo que uno es, más por lo que uno hace. Podemos incluso especular con la posibilidad de que este régimen sustituya definitivamente a la Alta Seguridad con el tiempo.

Parece claro que el objetivo que persigue el sistema Estado-Capital, mediante el poder policial-judicial, con juicios, condenas por terrorismo y la disposición del régimen de anulación como el 41-bis, es la eliminación, erradicación y aislamiento del enemigo de clase declarado, como lo demuestra también la situación contra los comunistas revolucionarios Nadia Lioce, Roberto Morandi y Marco Mezzasalma que llevan resistiendo a las tinieblas del 41-bis desde hace nada menos que 17 años con ejemplar dignidad. Todo esto es un poderoso recordatorio de lo mucho que la batalla de Alfredo debe sostenerse también para ellos. Todo esto, en la medida en que forma parte del ser inherente al sistema policial-judicial y su ley, no puede extrapolarse de un discurso más amplio relativo a la oposición del Estado a la lucha revolucionaria anarquista contra el sistema global de capital-estado, que incluye también el uso del 41-bis como instrumento de coacción y extorsión del pentimento, cuando ningún elemento del dominó puede recuperar la individualidad y las acciones revolucionarias, porque es una voluntad, la nuestra, revolucionaria precisamente, la que supera las arenas movedizas de la desorientación y el compás de espera. Es una voluntad que tiene la determinación y la presunción optimista de transformar la realidad, manteniendo inalterada la tensión anarquista nihilista por la que creemos, aunque nunca hemos dejado de lado la idea de la revolución social, que este mundo debe ser demolido tal como es hoy.

No es casualidad que las condenas por incitación al delito recibidas en los últimos años contra la «Croce Nera Anarchica» y «RadioAzione«; la Operación Sibilla contra el periódico anarquista «Vetriolo» y la publicación de la entrevista a Alfredo Cospito «¿Qué Internacional?» sean también plenamente en estos términos. En este sentido, de hecho, podemos decir que lo que se ha hecho en los últimos años con nuestras publicaciones, ha sido y sigue siendo de un valor inestimable porque permite, hoy en día, a los anarquistas recuperar la posesión de sus ideas, darles espacio, con la audacia de siempre, inmutable, con la misma propensión a actuar en la conciencia revolucionaria, la construcción de la internacional.

¡Fuera Alfredo del 41 bis!

¡Contra el uso del 41 bis contra los presos revolucionarios!

Siempre por la anarquía.

Concluyo este escrito aprovechando la ocasión para enviar mi más caluroso y sincero saludo a lxs organizadores de esta iniciativa, a todxs lxs compañerxs que en Grecia siguen luchando desde hace años dentro y fuera de la cárcel, deseando que la iniciativa se desarrolle incluso más allá de las expectativas más optimistas y que sea un estímulo para perfeccionar nuevos debates armando esa necesidad de libertad que nos distingue.

 

Omar Nioi

17/12/2022

Cerdeña.