Escribo estás palabras para expresar mi total apoyo a las compañeras de la torre 5 de la cárcel de San Miguel a quiénes se les abrió un procedimiento por «incitación a motín» y «amenazas». Esto debido a que las compañeras citaron los artículos 27bis y 29bis del Reglamento de Establecimientos Penitenciarios (REP) y los han colocado en el comedor del módulo a través de un cartel para así informar a sus compañeras sobre sus Derechos Penitenciarios. Dicho acto fue condenado por la administración del penal quiénes consideraron que las compañeras estaban incitando al resto de la población a amotinarse. Es evidente que la administración penitenciaria busca erradicar cualquier tipo de información que visibilice los derechos de las internas. Precisamente el artículo 27bis y 29bis del REP informa respecto a la revisión corporal, cómo se clasifica y cómo se debe aplicar. Dicha revisión también está especificada en la Resolución Exenta 9.679 de Gendarmería de Chile. Por tanto, es información totalmente pública.
La administración del penal evidencia su nulo compromiso con los Derechos de la mujeres y disidencias privadas de libertad, puesto que las compañeras fueron aisladas del módulo y actualmente se encuentran en un área de castigos. Una sanción totalmente desproporcionada e irrisoria que solo demuestra que las funcionarias temen a las mentes informadas. Temen a ser interpeladas respecto a sus funciones pues es común que se tomen atribuciones que no les corresponde en procedimientos de allanamientos, tales como: Al momento de desprender los cuadros abrirse de piernas, hacer sentadillas, mantenerse agachadas. Además mostrar los senos. Todo lo anterior en espacios abiertos frente a otras internas.
Es evidente que detrás de todo esto existe persecución y hostigamiento, ya que la funcionaria que se hizo cargo del procedimiento (Teniente 2do Margarita Cáceres) se encuentra denunciada por apremios ilegítimos, querella que yo misma presenté el día 13 de marzo de 2023 y qué actualmente es materia de investigación del ministerio público (fiscalía) y en el penal se encuentra bajó sumario administrativo. Dicha querella se enfocó precisamente en la vulneración del artículo 27bis y 29bis. Ya que en un contexto de revisión corporal la funcionaria extralimitó sus funciones y al momento de ser increpada bajó el artículo 27bis mencionó que yo lo estaba inventando. Claramente al estar denunciada creyó que los carteles estaban dirigidos hacía ella, ya que ni siquiera las funcionarias a cargo del módulo emplazaron a las compañeras por compartir esa información. Por si fuera poco la Teniente no encontró mejor alternativa que increpar a Itamar por la querella que realicé.
Toda esta situación ha sido inventada de la manera más corrupta e irregular posible solo con el fin de perjudicar a las compañeras. Les envío un caluroso abrazo a ambas, lo más frustrante para las carceleras ha de ser que a pesar de todo aislamiento AÚN nos reímos y abrazamos, pues pese a toda práctica amedrentadora jamás les hemos dado el placer de vernos caer.
Desde la cárcel de San Miguel,
Mawvnhko.